“Lo que lay ley nos propone es solo una nueva manera de administrar la pobreza de nuestros recursos fiscales en ciencia”
El martes pasado el Senado despachó un oficio al Tribunal Constitucional, por medio del cual remite para su control de constitucionalidad el proyecto de ley que crea el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, cuya institucionalidad se estructura en torno a tres ámbitos, en manos de tres ministerios. El primero, en lo relativo a ciencia, tecnología e innovación de base científico-tecnológica, y formación de recursos humanos altamente calificados, a cargo del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, y de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo. El segundo, relacionado con el fomento productivo, el emprendimiento, la innovación productiva o empresarial, el desarrollo tecnológico para fines productivos y el fortalecimiento de recursos humanos para este ámbito, a cargo del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y de la Corporación de Fomento de la Producción. Y, por último, la formación de técnicos y profesionales, y del conocimiento y el cultivo de las ciencias, las artes y las humanidades en las instituciones de educación superior, a cargo del Ministerio de Educación.
Como se trata de innovación, el artículo 31 del proyecto modificó una antigua norma, el artículo 1° del Decreto con Fuerza de Ley N° 7.912, del Ministerio del Interior, de 1927, que organiza las Secretarías de Estado -conocida como la Ley de Ministerios-, agregando a continuación del numeral 21 los numerales 22 (Deporte), 23 (Mujer y la Equidad de Género) y 24 (Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación). Con esto, el N° 24 de los ministerios ya tiene prelación y constancia en la ley que los regula. Ya tendremos 24 ministros (o ministras), con sus respectivas subsecretarías, seremías, y sus correspondientes prebendas fiscales ministeriales, auto fiscal incluido, para deleite y control fiscalizador en los términos que prevé el DL 799.
Se trata de un proyecto que comenzó su tramitación el 23 de enero del año pasado, lo que en términos legislativos lo pone -salvo inconvenientes que se presenten en su control de constitucionalidad- en el podio de los más veloces en cuanto a tiempos legislativos, pues -según muchos- representa a todas luces una urgente necesidad para el desarrollo del país.
Y que es necesaria una institucionalidad como esta, no cabe duda. Basta ver el lugar que ocupamos en cuanto a los recursos públicos que comprometemos porcentualmente como gasto del PIB, sentados en la mesa de la OCDE. Estamos en el último lugar con un escuálido 0,34%, que de cara a quienes están en los primeros lugares (Corea e Israel) parece una suerte de propina pública, pues ellos se empinan con un guarismo que supera el 4,5% respecto a su correspondiente PIB.
El problema que puede suceder es que las expectativas de quienes lo anhelaron no encuentren en la creación de esta institucionalidad las respuestas que ellos esperan. Varias razones pueden alinearse para este resultado. Veamos algunas de ellas.
La primera se encuentra en una frase que se le atribuye a Einstein. Si quieres resultados distintos, no hagas siempre lo mismo. Y la verdad es que acá se está haciendo lo mismo. Se trata de la creación de un ministerio, una subsecretaría, secretarías regionales ministeriales (5 iniciales), un Consejo Asesor Ministerial de designación presidencial ( ad honorem ). La creación de una Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (como servicio público personificado); un Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación para el Desarrollo (14 Consejeros); un Comité Interministerial para la Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
Como se observa, es una compleja malla de autoridades, entidades, personas, que reproducen lo que existe bajo un paraguas ministerial ad hoc . Por lo demás, el personal es el mismo que existe ahora, cuyos traspasos a la nueva institucionalidad están en la ley bajo el mismo régimen funcionarial y remuneratorio existente, el Estatuto Administrativo y la deteriorada Escala Única de Sueldos, con la rigidez que ello implica -ya vendrán movilizaciones que abrirán la puerta a bonos o asignaciones especiales que pongan a este personal a la altura de las entidades con asignaciones particulares-. La diferencia de remuneraciones, que explican en parte el gasto extraordinario de su instalación y que se cifra en algo más de 4.000 millones de pesos, solo beneficia a algunas autoridades que verán una mejora en sus grados.
Otra razón para una esperable frustración creo que se encuentra en la ausencia real de un modelo de participación ciudadana que abra los espacios necesarios en el ámbito de quienes son llamados a la formulación de estrategias y que tengan algo que decir en ámbitos de innovación, desarrollo, investigación y conocimiento. Parece curioso que quienes hoy han construido una real malla de emprendimiento innovativo (desde empresarios innovadores, financistas de innovación, centros de investigación de punta, universidades, y tantos otros) no sean reconocidos como actores para la implementación de políticas públicas en estas materias, salvo la decisión discrecional que la autoridad les quiera atribuir en el acto de la correspondiente nominación en algunos de los colegios o comisiones que se crean.
Por último, hay algo que es medular. La ley no compromete un mayor gasto fiscal para el desarrollo de lo que quiere promover. Es decir, la estructura de los fondos disponibles no se lleva tampoco a una condición basal. No hay por qué deducir de esta ley que nuestro guarismo fiscal tenga un incremento significativo respecto del gasto en innovación en relación con el PIB. Lo que la ley nos propone es solo una nueva manera de administrar la pobreza de nuestros recursos fiscales en ciencia, tecnología, conocimiento, innovación, investigación y desarrollo, sin que existan visos de que los nuevos recursos que, por simple voluntad, puedan destinarse a estos propósitos se gasten en ello, ya que ahora, además, deberán financiar la compleja matriz institucional que se ha creado.