El proyecto de Ley que crea el Ministerio de Ciencia y Tecnología (Boletín N° 11.101-19), ingresado el 23 de enero de 2017 al Senado de la República (cámara de origen) fue despachado totalmente por Comisión de Desafíos del Futuro, Ciencia, Tecnología e Innovación (Primer Trámite Constitucional) en su discusión particular (Segundo trámite reglamentario) y enviado al Pleno del Senado.
Habiendo si conocido y revisado por las Comisiones de Educación y de Hacienda del Senado, fue presentado al Pleno para su discusión particular, siendo aprobado y despachado a la cámara revisora (Cámara d Diputados) el día 20 de diciembre de 2017, para el inicio al segundo trámite constitucional.
Ver oficio que contiene actual proyecto de ley que crea el Ministerio de Ciencia y Tecnología (link)
Lo que viene
El proyecto fue despachado totalmente por el Senado de la República, pasando a la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización, y a la Comisión de Hacienda en lo pertinente, ambas, de la Cámara de Diputados. No hay citación.
Otros proyectos relacionados con Educación Superior
- Proyecto de Ley de Reforma a la Educación Superior (Boletín N° 10.783-04)
- Proyecto de Ley que sobre Universidades Estatales(Boletín 11.329-04)
- Proyecto de Ley que Modifica la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, a fin de excluir de su aplicación a la Universidad de Chile y al Hospital Clínico José Joaquín Aguirre, en lo que respecta a los convenios que celebren (Boletín N° 10.782-05)
- Proyecto de ley que establece un régimen de protección para las embarazadas que cursen estudios de educación superior, y para los estudiantes del mismo nivel que sean madres, padres o se encuentren a cargo del cuidado personal de un menor de edad (Boletín N° 10.911-04)
- Proyecto de ley que Elimina el aporte fiscal indirecto para las instituciones de educación superior, estableciendo una nueva regulación transitoria para el año 2017 (Boletín N° 11.257- 04)
Procedimiento Constitucional de la Formación de la Ley (fuente: BCN)
- En el caso del proyecto de Ley que crea el Ministerio de Ciencia y Tecnología, fue originado mediante Mensaje N° 338-364, asignándosele el Número de Boletín 11.101-04.
Primer Trámite Constitucional:
- El proyecto llegó a la cámara de origen (Senado) donde pasó a la Comisión de Educación y Cultura, para un estudio del texto.
- Discusión general: ocurre cuando la comisión informa a la Sala, donde todos los parlamentarios votan para aprobar o rechazar la “idea de legislar”.
- Si se aprueba, el proyecto vuelve a la comisión y se estudia en detalle.
- Si se rechaza, el proyecto no puede presentarse sino hasta dentro de un año.
- Discusión particular: una vez estudiado el proyecto por parte de la Comisión, se envía a la Sala del Senado donde se analizar y se vota cada artículo del texto.
Segundo Trámite Constitucional
- El proceso es igual que el primer Trámite Constitucional (la cámara revisora estudia el proyecto en comisiones y se vota en sala, tanto en general como en particular).
- Si el proyecto se aprueba, se envía al Presidente de la República.
- El Presidente firma el proyecto, y se convierte en ley, entrando en vigencia al publicarse en el Diario Oficial, salvo disposiciones transitorias.
Tercer Trámite Constitucional (eventualmente si la Cámara Revisar hace cambios al proyecto, enviándose a la Cámara de origen para que se aprueben).
- La Cámara de origen revisa y aprueba los cambios de la Cámara revisora.
- La Cámara de origen podría no aprobar los cambios: en ese caso ambas cámaras en conjunto generan un texto nuevo.
Para conocer en detalle el Procedimiento Constitucional de la Formación de la Ley, ver el siguiente diagrama.
Ver anteriores Informativos sobre proyecto que crea Ministerio Ciencia y Tecnología Observatorio Legislativo de la Reformas en Educación Superior www.reformauniversitaria.cl